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¿Qué son y cómo se constituyen las ONG´s?


No es un tema desconocido que cada vez existen menos apoyos gubernamentales para todas las causas sociales y civiles que han sido desatendidas o incluso, deterioradas con el paso del tiempo. Según el registro federal de la OSC en 2020, en México existen más de 45,000 organizaciones de la sociedad civil protagonizando la economía social y solidaria así como el comercio justo. Lo interesante de este tipo de organizaciones, es que tienen una manera muy distinta de ser constituidas a las empresas tradicionales. En concreto hay 3 figuras legales sobre las que las ONG 's pueden constituirse en México. En este artículo te explicaremos a grandes rasgos las diferencias entre las diversas figuras, la historia de cómo en la década de los 1950’s no existían formalmente y cómo hoy en día son numerosas las organizaciones gubernamentales siendo protagonistas del apoyo a las múltiples causas de nuestro país.


Antes de platicarte las diversas maneras en las que las ONG’s se constituyen ante el papel, vemos enriquecedor repasar la definición misma de este tipo de organizaciones, en este caso citaremos la definición que presentan las siguientes entidades federativas del país. Según la Secretaría de Gobernación, las OSC son "una asociación de ciudadanos que, haciendo uso de recursos simbólicos y materiales, capacidades organizacionales y afinidades emotivas y morales, actúa colectivamente a favor de alguna causa y persigue un interés material o simbólico situándose por fuera del sistema político, y sin seguir la lógica del mercado”. El INEGI, define estas organizaciones cómo “entidades jurídicas o sociales creadas para producir bienes y servicios, cuyo estatuto jurídico no les permite ser fuente de ingreso, beneficio u otra ganancia financiera para las unidades que las establecen, controlan o financian; están institucionalmente separadas del gobierno, son autónomas y no imponen coercitivamente la participación en ellas”.


Una vez entendidas las intenciones y por ende las limitaciones legales a las que las organizaciones civiles se alinean, podemos hablar de las distintas figuras legales. Antes de hablar de una manera un poco más técnica, te queremos presentar la principal diferencia y similitud que cuentan dichas figuras para ONG’ s. Algo que comparten estas 3 figuras legales, es que todas deben contar con un consejo directivo con estatutos que rijan el comportamiento interno. La principal diferencia que tiene cada figura es el marco legal federal o marco normativo bajo el cuál se reglamenta su registro, la autorización de recepción de donaciones y la información acerca de sus actividades. Las 3 figuras legales bajo las cuales las organizaciones son constituidas son las de Institución de Asistencia Privada (IAP), Asociación Civil (AC) y Sociedad Civil (SC), a continuación te presentaremos más a detalle en qué se diferencia la una de la otra.


Las instituciones de Asistencia Privada (I.A.P.),  Instituciones de Beneficencia Privada (I.B.P.) o Asociaciones de Beneficencia Privada (A.B.P.) se encuentran regidas bajo la Ley de Instituciones de Asistencia Privada. Las I.A.P. siendo la principal de esta familia, se constituyen como una "Entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin propósito de lucro que, con bienes de propiedad particular ejecutan actos de asistencia social sin designar individualmente a los beneficiarios". En el caso de las asociaciones civiles y las sociedades civiles, ambas están regidas bajo el Código Civil Federal Estatal. La naturaleza de las Asociaciones Civiles (A.C.) es el de ser un "Conjunto de personas (físicas o morales) que se reúnen con un fin en común siempre que éste no se encuentre prohibido por la ley y cuando el carácter de dicho fin no sea económico". En el caso de las Sociedades Civiles (S.C.), se celebra un "Contrato por virtud del cual dos o más personas se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común lícito y posible, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial y que origina la creación de una persona jurídica diferente de los contratantes".


¿Cuál es la diferencia entre una Sociedad Civil y una Asociación Civil? Te preguntarás estimado lector, a continuación te platicamos de las principales diferencias. Pese a que ambas están regidas bajo el mismo marco legal, tienen intenciones y funciones diferentes. La respuesta corta es que la sociedad civil (S.C.) tiene un fin común preponderantemente económico mientras las asociaciones civiles (A.C.) tienen un fin sin especulación comercial. La respuesta no tan corta se encuentra en el título Xl de nuestro código civil federal y radica en la diferencia entre una sociedad y una asociación. La asociación según el Artículo 2670 de esta ley, dictamina que las asociaciones tienen lugar cuando varios individuos convienen en reunirse de una manera que no sea meramente transitoria para un fin común, que sea lícito y que no tenga un carácter preponderantemente económico, por el otro lado tenemos a las Sociedades, que según el artículo 2688 de esta ley, se entiende como un contrato en que los socios se obligan mutuamente a combinar recursos o capital para la realización de un fín en común sin constituir en una especulación comercial.


Antes de que todas estas normativas, figuras legales y prácticas fueran tan presentes en nuestro país, las ONG’s no existían formalmente en el mundo hasta un evento en particular. Nos remontamos al fin de la segunda guerra mundial, cuando se firmó la Carta de las Naciones Unidas el 26 de junio de 1945. En el capítulo X, artículo 71 de esta carta, se afirma que el consejo económico y social podrá “hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la competencia del Consejo” es decir, en esta fecha es cuando por primera vez la ONU abre sus puertas para generar acuerdos con organizaciones no gubernamentales, generando la necesidad de definir qué son. Fue hasta 1950, en concreto el 27 de febrero, que la ONU define este tipo de organizaciones, siendo esta fecha, cuando se conmemora anualmente el Día Internacional de las ONG. El resto es historia.


A lo largo de este artículo hemos platicado de la diferencia entre asociaciones y sociedades, los diferentes tipos de Organizaciones no Gubernamentales, cuándo se les empezó a denominar de esta manera y qué día es cuando celebramos que todas estas personas, colectivos y comunidades, comprometidas de manera práctica y compasiva con todas las causas que el gobierno no cubre, tengan una manera oficial de llamarse y constituirse. Desafortunadamente estimado lector, la mayor problemática de este tipo de Organizaciones sigue estando presente, la cuál es el recaudar fondos para poder ayudar a los demás de una manera sostenible en el tiempo. Como en blogs pasados, te invitamos a tomar acción creando tu propia Organización ó apoyando a cualquiera cuya problemática te inspire y te identifiques. Esta problemática que se le presenta a las organizaciones, es justo con la que nosotros, Fondify, estamos comprometidos. Hemos recaudado 43 millones de pesos y contando, para más de 263 Organizaciones que dependen de donativos para seguir mejorando el mundo que nos rodea. Te invitamos a navegar por nuestra página para que veas todas las causas, organizaciones y campañas de distintas índoles con las que estamos colaborando. Esperamos que la información te haya sido de utilidad, te deseamos una feliz vida comprometido contigo y los demás. Nos vemos en la próxima.


 


Referencias:


Lewis, D. (2010). Nongovernmental organizations, definition and history. International encyclopedia of civil society, 41(6), 1056-1062.


Petras, J. (1997). Imperialism and NGOs in Latin America. Monthly review, 49(7), 10.


Loera Ochoa, E., & Loera Ochoa, T. (n.d.). Organizaciones de la sociedad civil, ONG’s, su importancia e impacto en el gobierno mexicano como coadyuvantes en el reconocimiento y protección de los derechos humanos. cedhj.org.mx. Retrieved March 24, 2023, from http://historico.cedhj.org.mx/revista%20DF%20Debate/articulos/revista_No11/ADEBATE-11-art6.pdf